Cambio sustancial y cambio no sustancial
La tramitación de Cambios no sustanciales y Sustanciales permite mantener al día la Autorización o licencia ambiental.
La Ley 20/2009, de prevención y control ambiental de las actividades, establece que se debe presentar ante la Administración un Proyecto que incorpore las modificaciones sustanciales de las actividades ya autorizadas e incluya las modificaciones no sustanciales con efectos sobre el medio ambiente. Ir a Seguridad
Los parámetros para calificar las modificaciones como sustanciales o no sustanciales, teniendo en cuenta la mayor o menor incidencia de la modificación prevista se basará en:
- Dimensión de la actividad afectada
- Producción
- Recursos naturales utilizados: agua y energía
- Residuos generados.
- Posible contaminación que se generaría.
Tema puede ayudarle en todos los trámites a realizar generando una mínima interferencia en su actividad normal.
Nuestro procedimiento incluye:
- Visita al establecimiento para recopilar los datos adquiriendo un conocimiento detallado de la situación.
- Cuantificación del cambio como sustancial o no en base a los criterios establecidos
- Generación de documentos de solicitud, formulario técnico y memoria técnica.
- Tramitación de la documentación en el portal de la Administración.
- Seguimiento del expediente hasta resolución, la cual quedará incorporada en la Autorización Ambiental.